Los efectos más importantes de la declaración de Divorcio son los siguientes:
Cesan los llamados Alimentos Mayores; es decir la obligación de pagar alimentos al otro cónyuge queda sin efecto con la declaración del Divorcio.
Se extingue el régimen de sociedad conyugal, es decir si los cónyuges se casaron bajo ese régimen, éste se extingue, y los bienes adquiridos después del matrimonio se liquidan quedando en partes iguales para ambos cóyuges.
Se extingue el derecho a heredar al otro cónyuge, es decir si fallece uno de ellos, el cónyuge sobreviviente no puede participar de los bienes quedados a su fallecimiento.
Recordemos que el Divorcio pone fin al matrimonio y a los derechos y obligaciones que éste genera, pero esto no significa que los Derechos y Obligaciones para con los hijos existentes en el Matrimonio también se extingan.
En ese sentido, es importante señalar que los derechos y obligaciones entre padres e hijos no cambian por la declaración de Divorcio; ya que estos derechos no nacen del estado civil de los padres, sino del hecho de haber concebido a un hijo y reconocerlo en su caso; por lo tanto, ambos padres mantienen sus derechos y obligaciones con sus hijos aún cuando estén divorciados; esto involucra Alimentos, Relación Directa y Regular y Cuidado Personal.
Para mayor información acerca de esto, vea “Los hijos y el Divorcio”
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